Creo conveniente la redacción de este artículo, al objeto de aclarar los malos entendidos y juicios de valor que sobre el tema del toque de las campanas de los centros religiosos de Monzón se han suscitado en los últimos días, seguramente porque en algo me habré equivocado. Ciertamente publiqué en mi blog, hace unos días, que el Ayuntamiento había recibido quejas y una carta del Justicia de Aragón, solicitando información sobre el tema, pues esa Institución tenía un expediente abierto en Monzón. Analizado el tema técnicamente por los servicios municipales, se constató que no existe en la Ley estatal y tampoco lo existe en la ordenanza municipal, una excepción en los horarios y en los niveles sonoros en las campanas de los centros religiosos. Además, se ha constatado abundante jurisprudencia al respecto, en la que se da la razón a los vecinos por incumplimiento de la ley del ruido.
A mi entender, un Estado, una Comunidad Autónoma o un Ayuntamiento, es más o menos serio, en función del cumplimiento de las normas por las que se dota y en el caso que nos ocupa, lo único que como responsable municipal he hecho, ha sido poner en conocimiento del obispado que hay unas franjas horarias con unos decibelios máximos para cada una de ellas. En caso de que no se cumplan, tal y como está la normativa, se corre el riesgo de que por ejemplo cualquier vecino o vecina pueda solicitar al Ayuntamiento que se midan decibelios en su casa y deberemos proceder al oportuno expediente sancionador. Creo que la salida fácil es prejuzgar y decir que ya están los de IU metiéndose con la Iglesia o cosas de este estilo. Nada más lejos de la realidad. Este es un tema en el que IU no ha hecho política, a no ser claro, que hacer política sea pedir lo mismo a la Iglesia que al resto de ciudadanos en cuanto al cumplimiento de las normas. Creo que no tiene sentido, por no decir que se incumple la normativa, que por ejemplo las campanas de las Clarisas, toquen a misa todos los días a partir de las 6.30 de la mañana cada cuarto de hora. Por lo que a IU respecta, consideramos que se debe articular la fórmula jurídica para permitir que un valor patrimonial, como es el toque de las campanas, no se pierda, incluso aumentando si es preciso los decibelios en días y horarios concretos lo más consensuados posibles. Todo lo demás que se dice sobre nosotros o sobre mí en este tema, es hacer juicios de valor, que por otro lado atendiendo al evangelio de Lucas es poco cristiano, pues ya se sabe aquello de “No juzguéis y no seréis juzgados...” (Lucas 6, 36-38).
2 comentarios:
Como vecino al convento de las clarisas, celebro leer tus comentarios.
Me pregunto, no obstante, por qué no actúa el Ayuntamiento " de oficio", si la infracción es conocida.
En primer lugar decir que estamos actuando y lo estamos intentando hacer de la mejor manera posible en base a las conversaciones que hemos mantenido con diversos vecinos y vecinas y con las mismas hermanas del convento. Otra cosa es que las actuaciones que se realicen se hagan públicas. De hecho, los niveles sonoros han descendido desde la publicación de este artículo y algunos vecinos del inmueble más cercano, así como una medición realizada lo constatan. El problema como sabe, es tan complejo como antiguo, pero para eso estamos.
Puede seguir la pista en internet a lo sucedido con las campanas de la catedral de Jaen y verá la dificultad del asunto que no es poca y el revuelo que se ha montado por el asunto.
Un saludo y gracias por sus comentarios
Publicar un comentario